CUENTAS DE AHORRO ¿DESDE QUE MONTO PUEDEN SER EMBARGADAS?

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La Súper Intendencia financiera confirmó los montos máximos que se permiten en las cuentas de ahorro antes de que puedan ser embargadas. La cifra, según informó la entidad, aplicará desde el 1° de octubre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2023.

En la carta circular 58 de 2022, firmada el pasado 6 de octubre, la Superfinanciera confirmó que las cuentas de ahorros y en depósitos con un monto igual o menor a $ 44′614.977 gozan de inembargabilidad.

Es decir que si usted tiene una cuenta de ahorros con menor cantidad de esa cifra no podrá ser embargado.

No obstante, este límite tiene una excepción: la inembargabilidad no aplica en casos de demandas por alimentos, debido a que existe una protección especial al crédito alimentario y al mínimo vital de quien pide este cobro.

Por otro lado, la entidad también informó que, cuando una persona fallece, los depósitos y las cuentas bancarias que tengan hasta $ 74′358.288 podrán entregarse directamente a cónyuges sobrevivientes, compañeros/as permanentes y herederos sin necesidad de juicios de sucesión.

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