El desafío jurídico de la inteligencia artificial en el sector salud colombiano: entre la innovación y la responsabilidad

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tratamientos y seguimiento de pacientes ha demostrado resultados positivos en diversas partes
del mundo, permitiendo optimizar recursos, mejorar la calidad de la atención y ofrecer
soluciones rápidas y precisas. Sin embargo, su integración en Colombia plantea interrogantes
jurídicos significativos que requieren una revisión del marco normativo para garantizar la
protección de los derechos fundamentales de los usuarios del sistema de salud, en especial el
derecho a la vida, la dignidad humana, la intimidad y la información veraz y oportuna sobre su
estado de salud.[1]
En términos prácticos, la IA se ha utilizado para la detección temprana de enfermedades como
el cáncer, mediante algoritmos que analizan miles de imágenes médicas, logrando en algunos
casos una tasa de precisión superior a la de los médicos especialistas. También ha sido
fundamental en el seguimiento de enfermedades crónicas, la interpretación de resultados
clínicos y la planificación de tratamientos personalizados. En Colombia, aunque la
implementación de estas tecnologías aún es incipiente en comparación con los países
desarrollados, ya comienza a formar parte de programas como la telemedicina, la historia
clínica electrónica y diversas aplicaciones móviles de salud. Este panorama implica la
necesidad urgente de ajustar el ordenamiento jurídico para asegurar que la adopción de la IA se
realice dentro de los parámetros éticos y legales adecuados.
La Constitución Política de 1991, en su artículo 49[2], establece que el acceso a los servicios de
salud es un derecho fundamental, y, en el artículo 15 se consagra el derecho a la intimidad
personal y familiar, así como el habeas data, que otorga a los colombianos la potestad de
conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se recogen sobre ellos en bases de datos
públicas o privadas. En este contexto, la protección de los datos médicos se vuelve crucial, ya
que la mayoría de las tecnologías de IA requieren grandes volúmenes de información sensible
para su funcionamiento.
Desde una perspectiva legal, Colombia cuenta con la Ley 1581 de 2012[3] sobre protección de
datos personales, que establece que la información relacionada con la salud se considera un
dato sensible, lo que impone obligaciones especiales para su tratamiento, como la necesidad
de obtener autorización expresa y garantizar la seguridad y confidencialidad de la información.
Además, el Decreto 1377 de 2013[4] reglamenta el consentimiento informado para el
tratamiento de datos personales, de modo que los pacientes deben comprender claramente los
riesgos asociados al uso de su información con fines de IA en el ámbito sanitario.
Otro desafío importante es la cuestión de la responsabilidad derivada de la práctica médica
asistida por la Inteligencia Artificial. La Ley 23 de 1981[5], que regula la ética médica, establece
que el médico debe actuar siempre en beneficio del paciente y es responsable por su actuación
profesional. Sin embargo, cuando se utiliza una herramienta de IA que arroja un diagnóstico
erróneo o incompleto, surge la pregunta de si el profesional de la salud puede ser considerado
responsable de los daños resultantes. Actualmente, Colombia no cuenta con normativas
específicas que regulen la responsabilidad por daños derivados del uso de IA en salud, lo que
crea un vacío jurídico que podría afectar los derechos de los pacientes y contravenir el principio
de reparación integral consagrado en el artículo 90 de la Constitución.
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En cuanto a la calidad de los servicios de salud, la Ley Estatutaria 1751 de 2015[6] establece
que el Estado tiene la obligación de garantizar la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y
calidad de los servicios de salud. La implementación de tecnologías basadas en IA debe ser
evaluada bajo estos principios, asegurando que cumplan con los estándares de eficacia clínica y
que no sustituyan indebidamente la interacción entre el paciente y el médico. La Resolución
1995 de 1999 regula el manejo de la historia clínica, que debe conservarse con estrictas
medidas de confidencialidad. La inclusión de IA en la gestión de historias clínicas electrónicas
presenta riesgos como filtraciones de datos, hackeos o uso indebido de la información. Por lo
tanto, es fundamental reforzar las medidas de seguridad informática en las entidades
prestadoras de servicios de salud.
Colombia ha realizado avances significativos en la digitalización del sector salud a través de
iniciativas como la Política de Gobierno Digital y el Decreto 620 de 2020, que regula aspectos de
interoperabilidad de la historia clínica electrónica. Sin embargo, el rápido avance de la IA
supera la velocidad de la regulación, lo que hace necesario crear normas específicas que
definan los límites éticos, la responsabilidad civil y penal de los actores involucrados, y los
estándares mínimos de calidad, transparencia y seguridad en el diseño y uso de sistemas de IA
en salud.
La protección de los derechos fundamentales no debe quedar en manos de los desarrolladores
de tecnología o de intereses económicos. En el ámbito sanitario, los errores no solo representan
pérdidas financieras, sino que afectan la vida y la dignidad humana. Por ello, es fundamental
que Colombia adopte un enfoque proactivo de regulación, que no solo actualice las normas
existentes, sino que avance hacia la creación de un organismo especializado que garantice la
calidad, seguridad y legalidad del uso de la IA en el sector salud. Se propone la creación de una
Comisión Nacional de Evaluación y Regulación de Tecnologías de Salud Digital, adscrita al
Ministerio de Salud y Protección Social, que evaluaría y certificaría previamente los sistemas de
IA destinados a diagnóstico, tratamiento o seguimiento de pacientes, garantizaría su correcto
funcionamiento y actuaría ante incumplimientos.
En conclusión, la inteligencia artificial representa una oportunidad invaluable para fortalecer el
sistema de salud en Colombia, pero también implica riesgos que no deben ser subestimados. El
respeto por los derechos humanos, la responsabilidad médica y la protección de los datos
personales deben ser pilares en su implementación. La actualización normativa es urgente para
asegurar que los beneficios de la IA lleguen a toda la población sin comprometer la vida, la
intimidad y la dignidad de los usuarios del sistema de salud. El futuro de la medicina en
Colombia debe avanzar hacia la innovación, pero con un sólido respaldo jurídico que proteja la
equidad, la justicia y los derechos de los más vulnerables.
“El progreso que ignora la dignidad humana no es avance, sino retroceso disfrazado”.
– Immanuel Kant -.

Elaborado por:
Yael Candelaria Barroso Colón
Consultora Legal
González Páez Abogados S.A.S.

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