La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha ratificado su decisión de sancionar a Rappi por la vulneración de normas de protección al consumidor relacionado a la generación de doble cobro a los usuarios, incumplimientos en la entrega y cancelaciones de pedidos.
Desde el ente Superintendencia, indicaron que la empresa tampoco implementó medidas necesarias para verificar la edad de los consumidores de bebidas alcohólicas y omitió la leyenda de advertencia en la publicidad de productos nocivos para la salud.
De esta manera, la aplicación incurrido en publicidad e información engañosa al no incluir información acerca de la nocividad o información sobre las condiciones para el correcto uso y las contraindicaciones de las bebidas alcohólicas.
Adicionalmente la SIC encontró que Rappi no indicaba el tiempo de entrega estimado de los pedidos y, en muchas ocasiones, se creó una expectativa en los usuarios al compartir información que no era veraz.
Debido a esto la SIC ha confirmado la sanción que la sanción impuesta sobre Rappi el pasado 3 de marzo y la cual habría sido apelada por esa compañía sigue en pie. Entre tanto, la empresa de domicilios deberá pagar una multa de 1.245 millones de pesos.