Menores de 14 años podrán abortar por voluntad propia y sin la autorización de sus padres.

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Así lo establece la resolución 051 del 2023, que fue publicada durante el día de ayer, y consta de 26 páginas en las que el Ministerio de Salud reglamenta las condiciones para acceder al aborto legal y con todos los lineamientos médicos.

La resolución específica en el apartado de “consentimiento médico” lo siguiente: “Las niñas menores de 14 años pueden ejercer su derecho a la IVE de manera autónoma. Su deseo de interrumpir o continuar con el embarazo prima sobre los deseos de sus padres o representantes legales, aun si ellos no están de acuerdo con su decisión”.

Teniendo en cuenta la aclaración de este punto, en Colombia actualmente no existe edad mínima para que el aborto hasta la semana 24 sea autorizado, lo que indica que aquel médico que se oponga a practicar el procedimiento bajo ese argumento podría correr el riesgo de incurrir en un delito.

Claramente, se debe tener en cuenta que la Corte Constitucional despenalizó la Interrupción Voluntaria del embarazo después de la semana 24 de gestación únicamente cuando se presenten casos como: riesgo para la vida, la salud mental de la mujer o persona gestante; grave malformación del feto, y cuando el embarazo sea producto de un acto sexual sin consentimiento, entre otros aspectos.

Por último, el Ministerio también informó que los procedimientos relacionados con IVE (interrupción voluntaria del embarazo) estarán exentos de copagos y cuotas moderadoras de acuerdo con lo anunciado en el Decreto 1652 de 2022; con estos derechos concedidos a la mujer, Colombia se ha convertido en el país latinoamericano con más libertades para las mujeres en ese sentido.

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