En AT noticias te contamos cuantos días de vacaciones se pueden acumular y cómo deberían pagarse

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Uno de los derechos garantizados por la Constitución Política de Colombia y el Código Sustantivo del Trabajo son las vacaciones laborales.

Se ha establecido que los empleados deben gozar 15 días de vacaciones pagadas cada año y este periodo se puede acumular sí así lo desea el empleado. Esto se deberá constatar en un acuerdo con el empleador.

En caso de que el empleado decida a cumplirá sus vacaciones, tiene un plazo de 2 años para hacerlo y aquellos que deseen acumularlo por más tiempo Febe tener en cuenta que el dinero remunerado dependerá del salario vigente, no importa si en los anteriores año su sueldo no haya sido el mismo.

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