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Esto es lo que sigue después de la despenalización del aborto por la Corte Constitucional

Luego de que la Corte Constitucional despenalizara el aborto en Colombia tras estudiar una demanda del movimiento ciudadano ‘Causa Justa’ que pedía despenalizar por completo el aborto, determinó que la interrupción voluntaria de embarazo (IVE) no será un delito cuando se hace hasta la semana 24 de gestación, ni después de eso, cuando se cumpla en las tres causales legales desde 2006 (Malformación del feto, por abuso sexual y cuando esté en riesgo la vida de la madre).

Así las cosas, el Ministerio de Salud ya tiene protocolos sobre cuál es, en el sistema la ruta para el acceso al aborto, ahora, tras el fallo de la Corte, expertos han indicado que partiendo de ese protocolo que ya existe, lo único que tendría que hacer una mujer es acudir a una cita médica y manifestarle al profesional de la salud su deseo de acceder a la IVE.

Cristina Rosero, abogada del Centro de Derechos Reproductivos, una de las organizaciones que integran Causa Justa, dijo que “las persona debería poder acercarse a una EPS y solicitar el procedimiento y si está antes de las 24 semanas, en la EPS deberían activar el protocolo exceptuando la exigencia del certificado médico o presentar la denuncia por violación (exigibles en las tres causales), dado que ya no podrían pedirlo”.

Desde esa consulta o petición inicial, las entidades tienen un plazo razonable de cinco días para dar respuesta a la petición de IVE y llevarla a cabo, si es médicamente posible, según lo recordó la Corte Constitucional en la sentencia T-841 de 2011, así como está estipulado en la resolución 4905 de 2006 del Ministerio de Salud.

En cuanto a lo que este fallo de la Corte implica para los procesos penales en curso por el delito de aborto, numerosos abogados han considerado que esos expedientes judiciales tendrían que cerrarse si se trata de casos hasta la semana 24 de gestación.

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