Corte constitucional considera dar licencia de maternidad a personas no binarias y hombres trans

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La Corte Constitucional estudia una demanda que exige incluir a las personas no binarias y hombres trans en los artículos de la ley 100 de 1993, en el que se evalúa la seguridad social integral de las personas con capacidad de gestación para que sean tenidos en cuenta en las licencias de maternidad.

La procudaruria señaló que la norma se hizo sobre un modelo de familia tradicional que puede terminar en espacios de discriminación. Esta se sostiene en que el lenguaje en el que se hizo la norma es solo para personas identificadas como mujeres, excluyendo hombres trans cuyo género al nacer es femenino pero su identidad de género es masculino y a los individuos de género no binario quienes no se identifican con ningún género o son parcialmente femenino.

Para la procuradora general “no hay duda de que el lenguaje utilizado en el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo restringe el acceso a los beneficios de la seguridad social de los individuos con capacidad de gestación que no se identifican como mujeres, incurriendo en una discriminación por razones de sexo que vulnera el principio de igualdad contenido en nuestra Constitución” y se encuentra a favor junto fon el ministerio de dalud y de hacienda incluir a las personas gestantes

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