Presunta violación de derechos a servidores públicos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

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“Señores AT Noticias queremos hacer una denuncia pública.
El ICBF está a punto de cambiar un alto porcentaje de servidores públicos a raíz de la convocatoria 2149 de 2021, perdiéndose de esta forma la memoria histórica de la entidad en un alto porcentaje, que podría desencadenar un caos administrativo y técnico.

Servidores públicos con 5, 10,15  y más años de experiencia y experticia en los diferentes procesos de la entidad, donde muchos de ellos presentan condiciones especiales, están a punto de quedarse sin trabajo, debido a un concurso con múltiples irregularidades, desde la realización de la convocatoria antes de levantarse la emergencia sanitaria, como la inconsistencias en la formulación del examen por parte de la “Universidad de Pamplona”, quien hizo caso omiso en el proceso de reclamación, como también incursa en presuntos actos de corrupción, donde existe un proceso de investigación en la Fiscalía General de la Nación, del cual tiene conocimiento el ICBF y la CNSC, entre otras acciones en trámite. 

Las políticas del anterior gobierno, de generación de empleo a jóvenes, deja entre dicho cuestionamientos de los indicadores de empleabilidad en Colombia, porque en lugar de generar empleo, están remplazando el talento humano cualificado de la entidad, lo que puede generar traumatismos y retrocesos en la atención que afectará directamente a los niños, niñas adolescentes, jóvenes y familias colombianas, población a la que va dirigida la misionalidad del ICBF”.

A su vez, los trabajadores resaltan que no desconocen la importancia del concurso de méritos siempre y cuando se de en un marco de transparencia y legalidad.

Y añaden que “La situación expuesta anteriormente, evidencia que el ICBF se suma a otras entidades que se encuentran afectadas por los concursos de méritos, generando no solamente masacre laboral y desempleo, sino grandes afectaciones a grupos familiares y a la sociedad en general, como también posibles detrimentos patrimoniales que debe asumir el estado en caso de fallos favorables, inclusive en instancias internacionales”.

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