¡Polémica! La Corte Constitucional aprueba el suicidio por medicamento asistido

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Hay polémica en Colombia por la decisión de la Corte Constitucional que legalizó y dio vía libre al suicidio por médicamente asistido como procedimiento permitido “para tener una muerte digna”.

Esta decisión responde a una demanda presentada el 1 de septiembre del año pasado por Lucas Correa Montoya y Camila Jaramillo Salazar en contra del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal que penaliza la inducción al suicidio, que da una pena entre 16 y 36 meses de cárcel a quien induzca o apoye a una persona a suicidarse con la intención de poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal grave o incurable.

En es sentido, el objetivo de la Corte no es que “el suicidio asistido sea practicado por cualquier persona en cualquier caso”, sino que “cuando un profesional de la medicina presta una ayuda para que otra persona ponga fin a su vida bajo ciertas condiciones, este médico no reciba un castigo penal”.

Expertos consultados por #ATNoticias explican que, “a diferencia de la eutanasia, donde un profesional de la medicina es quien causa la muerte de la persona, por medio del suicidio médicamente asistido el profesional de la medicina presta una ayuda o asistencia para que la persona sea quien cause su muerte”.

Agregan que, “tanto la eutanasia como el suicidio médicamente asistido tienen el mismo fin, causar la muerte de una persona que cumple con los requisitos legales. La diferencia es el rol del médico y quién termina causando la muerte”.

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